CONSIDERANDO: Que el recurso acusa de inconstitucional la Resolución Ministerial Nº
VISTOS: El recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad de fs. 167-171, promovido por Francisco Javier Zárate Taborga en representación del Gobierno Municipal de la ciudad de La Paz, dentro del proceso Coactivo fiscal seguido por la H. Alcaldía Municipal de La Paz, contra Luis Yañiquez Cuentas, radicado ante la Corte Suprema de Justicia en grado de casación, sus antecedentes, y
CONSIDERANDO: Que el recurso acusa de inconstitucional la Resolución Ministerial Nº. 185/90 de 11 de abril de 1990 dictada por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, por la que se reconoce que los HH. Concejales Municipales tienen derecho al beneficio de Aguinaldo, sustento jurídico de la Sentencia Nº. 05/99 de fecha 28 de enero de 1999 por el que se declara IMPROBADA la demanda Coactiva Fiscal y en consecuencia sin efecto la Nota de Cargo Nº. 66/97, misma que en grado de apelación es confirmada por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior de La Paz
- AUTO SUPREMO No. 118-Administrativo (Recurso Incidental) Sucre, 05 de Junio de 2003
- PARTES: H
- CONSIDERANDO: Que el recurso acusa de inconstitucional la Resolución Ministerial Nº
- CONSIDERANDO: Que el art
- De la revisión de los antecedentes del proceso y el recurso incidental de inconstitucionalidad opuesto,
- No interviene el Ministro Dr
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Kenny prieto Melgarejo
- Sucrte, 05 de Junio de 2003
- roveído: Dr. Marcelo Gómez Rodrigo- Secretario de Cámara.
