Que el querellante Jack Avila Vermeer, al interponer el recurso de casación en folios 142
Que el querellante Jack Avila Vermeer, al interponer el recurso de casación en folios 142 a 148, acusó como vulnerados los artículos 7-a) y 31 de la Constitución Política del Estado y el artículo 398 del Código de Procedimiento Penal y puntualizó que el Tribunal de Alzada efectuó una nueva valoración de la prueba. Asimismo, al ofrecer los precedentes contenidos en los Autos Supremos Números 307 de 11 de junio de 2003 y el Número 316/2003 de 13 de junio de 2003, cumple con los requisitos formales que permiten abrir la competencia del Supremo Tribunal para el análisis de fondo del recurso referido, por lo que corresponde admitir el mismo en los términos que prevé el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal
- Falsedad Ideológica y otros
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa del Código de Procedimiento Penal todo recurso de
- Que el querellante Jack Avila Vermeer, al interponer el recurso de casación en folios 142
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, catorce de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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