Auto Supremo AS/0618/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0618/2004

Fecha: 19-Oct-2004

CONSIDERANDO: que el recurrente Luis Fernando Bascopé Vildoso, mediante el recurso de casación de fojas


CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se debe dar cumplimiento a los requisitos establecidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal de modo que el recurrente, a más de interponer el recurso dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el respectivo Auto de Vista, debe precisar los hechos similares y establecer el sentido contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado.

CONSIDERANDO: que el recurrente Luis Fernando Bascopé Vildoso, mediante el recurso de casación de fojas 622 a 625, impugnó el Auto de Vista de fojas 586 a 587 vuelta invocando el principio de congruencia entre el hecho acusado con relación a la sentencia y mencionando como precedente contradictorio el Auto Supremo número 320 de 14 de junio de 2003 cumplió de esa manera los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal