POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema, en aplicación del artículo 380 del
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema, en aplicación del artículo 380 del Código de Procedimiento Penal, ACEPTA EL DESISTIMIENTO de la acción penal presentada por Jorge Pérez Meneses en representación de la Compañía IPSO INTERNACIONAL S.A., en fojas 386 y vuelta y declara la extinción de la causa penal seguida contra Carmen Araoz de Quevedo por el delito previsto en el artículo 204 del Código penal, con el consiguiente archivo de obrados
- CONSIDERANDO: que sustanciándose el recurso de casación interpuesto por Carmen Araoz de Quevedo, el querellante
- Que por su parte, la imputada al aceptar el desistimiento formulado por el querellante Jorge
- Que en conformidad a lo dispuesto por el artículo 380 del Código de Procedimiento Penal,
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema, en aplicación del artículo 380 del
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veinte de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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