Auto Supremo AS/0665/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0665/2004

Fecha: 26-Oct-2004

Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada


CONSIDERANDO: el recurrente Carlos Gastón Montellano Medrano al interponer el recurso de casación de fojas 277 a 278 lo hace sin estar legitimado para ejercer el derecho de recurrente ni tiene poder especial que cumpla con los requisitos legales, conforme a las previsiones del art. 394 del Código de Procedimiento Penal situación que le inhabilita para plantear el referido recurso.

POR TANTO: La Sala Penal de la Corte Suprema, aplicando principalmente los artículos 394 con relación al 81, y el 417 parte in fine y el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 277 a 278 que impugnaba al Auto de Vista de fojas 271 a 272 vuelta de obrados.

Devuélvase actuados al Tribunal de Alzada