Sucre, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
Dr. Jaime Ampuero García
Dr. José Luis Baptista Morales
Sucre, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
- Transporte de Sustancias Controladas
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista contrarios a otros
- Que en el caso de autos se establece que el recurrente no invocó ningún precedente
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintisiete de octubre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
