Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- Lesiones gravísimas
- CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 120 a 124 vuelta, declaró probada la demanda de
- Que según disponen los artículos 301 y 331 del Código de Procedimiento Penal concordante con
- Que el recurso de casación y/o nulidad de fojas 146 a 147 no cumple con
- Que el recurso de nulidad o casación es una carga para el recurrente quien está
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con el
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, veinticinco de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
