POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones, y en aplicación de las disposiciones contenidas en el artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, declara INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por representantes de la Gerencia Regional de la Aduana Nacional en La Paz contra el Auto de Vista número 107/2004 emitido el 26 de abril del presente año 2004 por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de La Paz
- Contrabando de mercadería y otro
- VISTOS: el recurso de casación interpuesto por representantes de la Gerencia Regional de la Aduana
- CONSIDERANDO: que admitido el recurso por Auto de 23 de julio (fojas 115 a 115
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de sus
- Relator: Ministro José Luis Baptista Morales
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, veintiséis de noviembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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