Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a las disposiciones contenidas en los artículos 416 y 417 del
- Que el querellante Alejandro Choqueticlla Huanca, al recurrir de casación (107 a 109 vuelta) acusó
- Que para demostrar el sentido jurídico contradictorio invocó como precedente el Auto de Vista número
- Que estando cumplidos los requisitos formales previstos por los artículos 416 y 417 del Código
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, uno de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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