CONSIDERANDO: para la admisibilidad del recurso de casación, el recurrente debe cumplir los requisitos exigidos
CONSIDERANDO: para la admisibilidad del recurso de casación, el recurrente debe cumplir los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, interponer el recurso de casación dentro de los cinco días de la notificación con el Auto de Vista respectivo, precisar los hechos similares y establecer con claridad el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y el precedente contradictorio invocado
- Despojo y otro
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 344 a 348 interpuesto por Marcelo Treviño Torrico,
- CONSIDERANDO: para la admisibilidad del recurso de casación, el recurrente debe cumplir los requisitos exigidos
- CONSIDERANDO: que el recurrente Marcelo Treviño Torrico impugnó el Auto de Vista número 235/04 de
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, uno de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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