CONSIDERANDO: que la admisibilidad del recurso de casación se produce previo cumplimiento de los requisitos
CONSIDERANDO: que la admisibilidad del recurso de casación se produce previo cumplimiento de los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, que exigen que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro de los cincos días de haber sido notificado con el Auto de Vista respectivo, precisar los hechos similares y establecer con claridad el sentido jurídico contradictorio entre el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado
- PARTES: Ministerio Público c/ Wilson Soto Cossio y otros
- Tráfico de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 306 a 307 interpuesto por Wilson Soto Cossío
- CONSIDERANDO: que la admisibilidad del recurso de casación se produce previo cumplimiento de los requisitos
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese y devuélvase
- Sucre, tres de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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