CONSIDERANDO: que el recurso de casación, para su admisión, exige que el pretensor cumpla con
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VISTOS: el recurso de casación interpuesto por Elvis Escalera Llave a fojas 136 a 139, impugnando el Auto de Vista de 20 de octubre de 2004 de fojas 113 a 114 vuelta pronunciado por la Sala Penal de la Corte Superior de Justicia del Distrito de Tarija en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y los acusadores particulares Cristina Alemán Dávalos y Deysi Alemán Dávalos contra el recurrente por la presunta comisión del delito de homicidio, los antecedentes del proceso, las leyes que se acusan de violadas e infringidas, el precedente invocado, y
CONSIDERANDO: que el recurso de casación, para su admisión, exige que el pretensor cumpla con el deber de presentar el mismo dentro del plazo de los cinco días de notificación con el Auto de Vista, invocar el precedente contradictorio precisando la situación de hecho similar y señalar con claridad el sentido jurídico contradictorio entre el precedente y el respectivo Auto de apelación restringida
- Homicidio
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación, para su admisión, exige que el pretensor cumpla con
- Que Elvis Escalera Llave recurrió de casación con los argumentos contenidos en folios 136 a
- Que como precedente invocó el Auto Supremo de 13 de enero de 1999 que declaró
- Que por lo expuesto, concurriendo los requisitos formales que establecen los artículos 416 y 417
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, tres de diciembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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