CONSIDERANDO: Que el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas, a fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 240 Sucre 15 de abril de 2004
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Ana Flores Quispe, transporte de
sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 98-99 por Ana Flores Quispe, impugnando el A.V. de fs. 96 de 22 de mayo de 2002, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra la recurrente, por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 102-103, y
CONSIDERANDO: Que el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas, a fs. 80-81 pronuncia sentencia condenatoria contra Ana Flores Quispe, conforme al art. 243 del Código de Procedimiento Penal, y el art. 119 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de ocho años de presidio a cumplir en el Penal de San Sebastián Mujeres, pago de 500 días multa a razón de 0,50 Bs. día, más pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado a establecerse en ejecución de sentencia , la misma que al ser apelada por la procesada, el tribunal de alzada dicta el Auto de Vista a fs. 96 confirmando en todas sus partes la sentencia de primera instancia
AUTO SUPREMO No 240 Sucre 15 de abril de 2004
DISTRITO: Cochabamba
PARTES: Ministerio Público c/ Ana Flores Quispe, transporte de
sustancias controladas
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
VISTOS: El recurso de casación interpuesto a fs. 98-99 por Ana Flores Quispe, impugnando el A.V. de fs. 96 de 22 de mayo de 2002, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, contra la recurrente, por la comisión del delito de transporte de sustancias controladas; sus antecedentes, el requerimiento del Fiscal Adjunto de fs. 102-103, y
CONSIDERANDO: Que el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas, a fs. 80-81 pronuncia sentencia condenatoria contra Ana Flores Quispe, conforme al art. 243 del Código de Procedimiento Penal, y el art. 119 de la Ley 1008, imponiéndole la pena de ocho años de presidio a cumplir en el Penal de San Sebastián Mujeres, pago de 500 días multa a razón de 0,50 Bs. día, más pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado a establecerse en ejecución de sentencia , la misma que al ser apelada por la procesada, el tribunal de alzada dicta el Auto de Vista a fs. 96 confirmando en todas sus partes la sentencia de primera instancia
- CONSIDERANDO: Que el Juzgado Segundo de Partido de Sustancias Controladas, a fs
- Impugnando el referido Auto de Vista, recurre de casación Ana Flores Quispe, denunciando la violación
- CONSIDERANDO: Que del examen de los antecedentes que aporta el proceso con relación a las
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
