Que del análisis de la referida Resolución, se infiere que ésta no constituye "resolución no
Que del análisis de la referida Resolución, se infiere que ésta no constituye "resolución no judicial" que permita su control en la vía de constitucionalidad, por cuanto no se adecua a las características de resolución normativa por ser un instructivo, quedando fuera del control de constitucionalidad
- RELATOR: MINISTRO DR.- Carlos Rocha Orosco
- CONSIDERANDO: Que el recurso acusa de inconstitucional la Resolución Ministerial Nº
- CONSIDERANDO: Que el art
- En la Resolución Ministerial Nº
- Que del análisis de la referida Resolución, se infiere que ésta no constituye "resolución no
- Asimismo el cuestionamiento expuesto en el recurso respecto de dicha Resolución se circunscribe a que
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa de la Corte Suprema de Justicia, RECHAZA el
- En cumplimiento del art
- Relator: Dr. Carlos Rocha Orosco
- Regístrese y devuélvase
- Fdo. Dr. Carlos Rocha Orosco
- Dr. Eduardo Rodríguez Veltzé
- Sucre, 15 de mayo de 2004
- Proveído: Ricardo Medina Stephens.- Secretario de Cámara.
