CONSIDERANDO: Que a fs
SALA PENAL
AUTO SUPREMO No 304 Sucre 18 de mayo de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carlos Paiva Crispín y otra c/ Carmelo Chávez López y otra,
estelionato y estafa ( responsabilidad civil )
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
CONSIDERANDO: Que a fs. 367-369 cursa la sentencia pronunciada por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal, de la ciudad de La Paz, que falla, declarando probada la demanda de responsabilidad civil, calificando la misma en la suma de treinta y un mil trescientos ochenta y dos dólares americanos, 31.382 $us., o su equivalente en moneda Nacional, que deben cancelar Carlos Chávez López y Matiasa Laruta de Chávez, en veinte cuotas mensuales de 1569 $us., cada uno a razón de 784,50 $us. o su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio del día de pago, a partir de la ejecutoria del presente fallo, en aplicación del art. 327 y siguientes del Código de Procedimiento Penal
AUTO SUPREMO No 304 Sucre 18 de mayo de 2004
DISTRITO: La Paz
PARTES: Carlos Paiva Crispín y otra c/ Carmelo Chávez López y otra,
estelionato y estafa ( responsabilidad civil )
MINISTRO RELATOR: Dr. Jaime Ampuero García
CONSIDERANDO: Que a fs. 367-369 cursa la sentencia pronunciada por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal, de la ciudad de La Paz, que falla, declarando probada la demanda de responsabilidad civil, calificando la misma en la suma de treinta y un mil trescientos ochenta y dos dólares americanos, 31.382 $us., o su equivalente en moneda Nacional, que deben cancelar Carlos Chávez López y Matiasa Laruta de Chávez, en veinte cuotas mensuales de 1569 $us., cada uno a razón de 784,50 $us. o su equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio del día de pago, a partir de la ejecutoria del presente fallo, en aplicación del art. 327 y siguientes del Código de Procedimiento Penal
- CONSIDERANDO: Que a fs
- Elevada la sentencia en grado de apelación, el tribunal de alzada por A
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Relator: Ministro Dr. Jaime Ampuero García
- Regístrese y devuélvase
- Proveído.-Lic. David Baptista Velásquez.-Secretario de Cámara.
