Auto Supremo AS/0354/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2004

Fecha: 15-Jun-2004

CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, debe cumplirse con los siguientes requisitos:





VISTOS: El recurso de casación de fs. 131-134 interpuesto por Carlos Reynaldo Zúñiga Armaza, impugnando el Auto de Vista N° 88/04 de fs. 123-125, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Marco Antonio Torrejón Sánchez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica y uso de instrumento falsificado previstos y sancionados en los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal modificado por Ley N° 1768 de 10 de marzo de 1997, los antecedentes del proceso, el análisis y control del recurso de casación; y

CONSIDERANDO: Que para la admisibilidad del recurso de casación, debe cumplirse con los siguientes requisitos: a) plantear el recurso dentro de los cinco días de notificado con el Auto de Vista, b) invocar el precedente contradictorio y c) precisar situación de hecho similar y establecer el sentido jurídico contradictorio entre el precedente contradictorio y el Auto de Vista impugnado. Los Autos de Vista y Autos Supremos sirven como precedentes contradictorios, éstos últimos uniforman jurisprudencia y son de cumplimiento obligatorio