Auto Supremo AS/0157/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0157/2004

Fecha: 23-Ago-2004

Además, debe tenerse en cuenta que los argumentos esgrimidos por el recurrente no son aceptables,


Además, debe tenerse en cuenta que los argumentos esgrimidos por el recurrente no son aceptables, por cuanto el feriado de Corpus Christi es de conocimiento público y antelado, de ahí que en el caso de autos no es aplicable la segunda parte del art.141 del Cód. de Pdto. Civ