CONSIDERANDO: Que del estudio del recurso deducido, se concluye que es contradictorio al confundir el
CONSIDERANDO: Que del estudio del recurso deducido, se concluye que es contradictorio al confundir el recurso de casación con el de nulidad; ya que tanto la legislación, la doctrina y la jurisprudencia enseñan claramente la diferencia existente entre ambos recursos, debiendo considerarse que el primero ataca cuestiones de fondo según las causales taxativamente previstas en los diversos incisos del art. 298 del Código de Procedimiento Penal; mientras, que en el caso del recurso de nulidad, se discuten las cuestiones de forma previstas en los diez incisos del art. 297 del citado Código
- PARTES: Román Quilla López c/ María Alicia Durán Castro
- Estelionato y otro
- MINISTRO RELATOR: Dr. Héctor Sandoval Parada
- Para el efecto, señala que cuando interpuso su recurso de apelación contra la sentencia, también
- CONSIDERANDO: Que del estudio del recurso deducido, se concluye que es contradictorio al confundir el
- De esa manera es que el recurso en cuestión no ha dado cumplimiento a las
- CONSIDERANDO: Que conforme se ha sostenido uniformemente en los AA
- POR TANTO: La Sala Penal de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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