CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedentes del proceso se desprende que el recurrente, citando
CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedentes del proceso se desprende que el recurrente, citando los Autos Supremos números 200012 de 2 de enero de 1997, 55 de 29 de enero del presente año 2004 y 34 de 9 de junio de 1989, hace referencia a la contradicción de éstos con el Auto de Vista impugnado, en atención a lo cual se acredita el cumplimiento de los requisitos para la admisibilidad del recurso de casación exigidos por el artículo 417 del Código de Procedimiento Penal
- Prevaricato y otro
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 173 a 176 interpuesto por José Raúl Jordán
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación la presentación respectiva debe efectuarse con
- CONSIDERANDO: que del análisis de los antecedentes del proceso se desprende que el recurrente, citando
- No interviene el Ministro Dr. Héctor Sandoval Parada, por excusa declarada legal de fs. 176
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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