Que en el caso de autos se establece que el Fiscal de Sustancias Controladas, al
Que en el caso de autos se establece que el Fiscal de Sustancias Controladas, al interponer el recurso de casación con los argumentos que contiene el mismo, destaca en lo principal que, al haberse revocado la sentencia condenatoria de fojas 105 a 107 por la que se declaró a los imputados autores de la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, emitiéndose otra por la que se les atribuye el ilícito de transporte, ha observado los requisitos previstos por las ya mencionadas normas, habiendo invocado como precedentes los Autos Supremos números 290 de 3 de junio de 2003, 292 de 3 de junio de 2003 y 516 de 22 de octubre de 2001
- PARTES: Ministerio Público c/ Jorge Pacheco y otra
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, para la admisión del recurso de
- Que en el caso de autos se establece que el Fiscal de Sustancias Controladas, al
- En mérito al glosario de precedentes expuestos, los que constituyen la base jurídica para analizar
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada
- Dr. Jaime Ampuero García
- Dr. José Luis Baptista Morales
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
