Auto Supremo AS/0436/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0436/2004

Fecha: 19-Ago-2004

Que cabe señalar por otra parte que el recurso de casación interpuesto fue presentado fuera


Que en el caso de autos se advierte que el recurrente invocó como precedente contradictorio el Auto Supremo de 2 de febrero de 2002 dictado bajo las normas del anterior procedimiento que no puede ser aceptado como precedente por haber el Tribunal de Casación, en uso de la facultad conferida por el último parágrafo del artículo 420 del Código de Procedimiento Penal, establecido una nueva doctrina respecto a los delitos de transporte de sustancias controladas a partir del Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto de 2003, que considera que el delito de transporte es consumado en el momento en que se incauta la droga sin importar la distancia recorrida aunque no hubiera llegado a destino, lo que significa que tal hecho no es tenido como tentativa.

Que cabe señalar por otra parte que el recurso de casación interpuesto fue presentado fuera del plazo establecido por el artículo 417 del mencionado Código