Que de la revisión de los actuados procesales se evidencia que, si bien Luis Pinto
Que de la revisión de los actuados procesales se evidencia que, si bien Luis Pinto Huayraña invocó en el recurso de apelación restringida de fojas 42 a 49 vuelta y en el de casación un precedente contradictorio, no señaló en términos claros y precisos la contradicción existente entre el Auto de Vista impugnado y los casos de jurisprudencia citados, de modo tal que, además, no se sabe de qué materia, delito o caso concreto se trata, aspectos que hacen imposible percibir la similitud y contradicción existente para establecer la doctrina legal aplicable
- PARTES: Marco Antonio Cárdenas Mirabal c/ Luis Pinto Huayraña
- Giro de cheque en descubierto
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 73 a 76 interpuesto por Luis Pinto Huayraña
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa Procesal Penal vigente, el recurso de casación para
- Que de la revisión de los actuados procesales se evidencia que, si bien Luis Pinto
- Que por lo expuesto, al no haberse cumplido con los requisitos previstos en la tercera
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de lo
- Sucre, uno de septiembre de dos mil cuatro
- roveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- 1
