CONSIDERANDO: que el recurrente interpuso el recurso de casación de fojas 201 a 202 vuelta
CONSIDERANDO: que el recurrente interpuso el recurso de casación de fojas 201 a 202 vuelta contra el Auto de Vista de fojas 190 a 192 vuelta, indicando que fue encontrado en posesión de cantidades mínimas de cocaína (12 gramos) destinadas para su consumo personal, señalando como precedente contradictorio el Auto Supremo número 250 de 28 de abril del presente año 2004 que absolvió de culpa y pena a una persona que estuvo en posesión de pequeñas cantidades de cocaína
- Tentativa de suministro de sustancias controladas
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 201 a 202 vuelta interpuesto por Edil Escobar
- CONSIDERANDO: que para la admisibilidad del recurso de casación se deben necesariamente acreditar los requisitos
- CONSIDERANDO: que el recurrente interpuso el recurso de casación de fojas 201 a 202 vuelta
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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