Auto Supremo AS/0505/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0505/2004

Fecha: 10-Sep-2004

SALA PENAL

 

AUTO SUPREMO: No 505 Sucre 10 de septiembre de 2004

DISTRITO: Santa Cruz

PARTES: María Elena Vargas de Velasco c/ Carlos Torres Serrano y

otra. Difamación y otros.

>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>>

VISTOS: el recurso de casación de fojas 110 a 113 vuelta interpuesto por María Elena Vargas de Velasco impugnando el Auto de Vista número 238/04 de 12 de junio del presente año 2004, de fojas 106 a 107 vuelta, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Carlos Torres Serrano y contra Liliana Torres Serrano por la comisión de los delitos de difamación, injuria y daño simple.

CONSIDERANDO: que para declarar la admisibilidad del recurso de casación necesariamente deberá acreditarse el cumplimiento de los requisitos establecidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal sobre todo haciendo mención de precedentes contradictorios.

CONSIDERANDO: que la recurrente no invocó en el recurso de apelación ni en el recurso de casación precedente contradictorio alguno, razón por la cual la falta de invocación de un Auto de Vista o un Auto Supremo pronunciado con anterioridad al impugnado implica incumplimiento de las disposiciones contenidas en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal.

POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto a fojas 110 a 113 vuelta de obrados.

Regístrese, hágase saber y devuélvase.

Fdo. Dr. Héctor Sandoval Parada

Dr. Jaime Ampuero García

Dr. José Luis Baptista Morales



Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro.



Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.


1
Vista, DOCUMENTO COMPLETO