Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
- otra. Difamación y otros
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 110 a 113 vuelta interpuesto por María Elena
- CONSIDERANDO: que para declarar la admisibilidad del recurso de casación necesariamente deberá acreditarse el cumplimiento
- CONSIDERANDO: que la recurrente no invocó en el recurso de apelación ni en el recurso
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferida
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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