CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser
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VISTOS: el recurso de casación de fojas 112 a 114 vuelta interpuesto por José Remberto Ibarra López impugnando el Auto de Vista de fecha 8 de junio del año en curso, pronunciado por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro dentro del proceso penal oral, público y contradictorio, seguido por el Ministerio Público y la acusación particular de René Galindo Canedo en representación de la Compañía Logística de Hidrocarburos Boliviana S.A. contra el recurrente y otros por el delito de tentativa de robo agravado, sus antecedentes; y
CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser admitido, no sólo debe cumplir con las formalidades de una demanda nueva de puro derecho, sino que debe ser interpuesto observando los requisitos legales establecidos en los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal
- otros
- Robo agravado
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la normativa penal vigente, el recurso de casación para ser
- Que del examen de los actuados procesales se evidencia que José Remberto Ibarra López a
- Por lo expuesto, y al no haberse cumplido con los requisitos previstos en la segunda
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en aplicación de los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, diez de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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