Auto Supremo AS/0545/2004
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2004

Fecha: 22-Sep-2004

CONSIDERANDO: que si bien es evidente que para la procedencia del recurso de casación se


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VISTOS: el recurso de casación de fojas 39 a 40 vuelta interpuesto por Victoria Torrico de Terceros, impugnando el Auto de Vista de fojas 35 de fecha 26 de noviembre de 2003, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Ayda Terceros de Pereyra por la presunta comisión de los delitos de calumnia e injurias, sus antecedentes, y

CONSIDERANDO: que si bien es evidente que para la procedencia del recurso de casación se deben dar cumplimiento a los requisitos exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal, no es menos cierto que la revisión excepcional y de oficio procede cuando existen violaciones flagrantes al debido proceso que constituya defectos absolutos insubsanables o defectos de sentencia, conforme establecen los artículos 169 y 370 del Código de Procedimiento Penal