Que el imputado recurrente invoca como precedentes la Sentencia N° 944/2002-R, de 5 de agosto
Que el imputado recurrente invoca como precedentes la Sentencia N° 944/2002-R, de 5 de agosto de 2002 pronunciada por el Tribunal Constitucional, que dentro de un recurso de amparo constitucional determina que para conceder la tutela a los recurrentes se requiere acreditar: 1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes y, el Auto de Vista de 23 de abril de 2004, dictado por la misma Sala Penal Segunda dentro del proceso penal seguido por Mario Ausberto Toledo Sandoval contra Magali Cavero Gonzáles de Velasco, por el delito de despojo, por el cual la Corte ad quem Anula la sentencia del inferior, en virtud a que el Juez a quo omitió describir en forma concreta y específica cual es la conducta antijurídica que ha generado la responsabilidad penal de la imputada para condenarla por el delito de despojo previsto por el artículo 351 del Código Penal
- Despojo
- CONSIDERANDO: que de acuerdo a la nueva normativa del Código de Procedimiento Penal se exige
- Que en la especie se establece que el imputado Oscar Benítez Martínez, al deducir el
- Que el imputado recurrente invoca como precedentes la Sentencia N° 944/2002-R, de 5 de agosto
- Constituyendo el precedente último, la base jurídica para analizar el fondo del recurso y así
- POR TANTO: la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en ejercicio de la
- Regístrese y hágase saber
- Sucre, veintidós de septiembre de dos mil cuatro
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara
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