Auto Supremo AS/0374/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0374/2005

Fecha: 20-Oct-2005

Tomando en cuenta que el recurso de casación, además de su función propia y unificadora


Tomando en cuenta que el recurso de casación, además de su función propia y unificadora doctrinal, cumple en nuestro ordenamiento jurídico la función de reclamación, emerge en sus efectos cuando el recurrente cumple con las exigencias legales a efectos de abrir la competencia del tribunal de alzada o, en este caso, del tribunal de casación; en consecuencia ha de reconocérsele un espacio propio de control, diferenciado y más intenso en el plano jurisdiccional que otros recursos, empero será imposible cumplir con este objetivo cuando las partes, a tiempo de realizar la impugnación de los Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia, no establecen la contradicción con otros precedentes pronunciados por otras Cortes Superiores o por la Sala Penal del Máximo Tribunal de Justicia respecto a la misma base fáctica, tal el caso de autos que simplemente se reduce a citar la recurrente al Auto Supremo Nº 158 de 27 de octubre de 1981 sin fundamentar en qué consiste la contradicción de ese fallo con el recurrido, aspecto que imposibilita que la Sala Penal Segunda de este Alto Tribunal de Justicia abra su competencia