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    Auto Supremo AS/0433/2005
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0433/2005

    Fecha: 15-Oct-2005

    Esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no


    Esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no abra su competencia para conocer el recurso, omisión que no puede suplirse de oficio, por ser la base y sustento legal para su admisión, lo que deviene en inadmisible, conforme el Art. 418 del mismo cuerpo legal
    • PARTES : Ministerio Público c/ Heradio Condori Canaza
    • Transporte de sustancias controladas
    • Que contra la citada sentencia recurre de apelación restringida el imputado Heradio Condori Canaza y
    • CONSIDERANDO: que, el imputado Heradio Condori Canaza en su recurso de casación de fojas 150
    • CONSIDERANDO: que, el recurso de casación deducido por Heradio Condori Canaza, no cumple con los
    • Esta forma inadecuada de deducir el recurso de casación hace que el Tribunal Supremo no
    • Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
    • Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
    • Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
    • Sucre 15 de octubre de 2005
    • Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.

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