CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declarará la admisibilidad del recurso de casación si se
CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declarará la admisibilidad del recurso de casación si se han cumplido los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; vale decir, que el recurrente debe interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, precisando hechos similares y estableciendo la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado
- Lesiones graves y leves
- VISTOS: los recursos de casación de fojas 348 a 349 y 356 a 357 interpuesto
- CONSIDERANDO: que el Tribunal de Casación declarará la admisibilidad del recurso de casación si se
- Regístrese y devuélvanse actuados al Tribunal de Alzada
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
