Auto Supremo AS/0496/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0496/2005

Fecha: 15-Nov-2005

POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia con la facultad


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida por el artículo 59 inciso 5) de la Ley de Organización Judicial con relación a los artículos 188 in fine del antiguo Código de Procedimiento Penal y 287 del Código de Procedimiento Civil, declara ILEGAL la compulsa interpuesta de fojas 22; cumpliendo el artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de costas y multa a la recurrente calificables por el inferior