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CONSIDERANDO:el Tribunal de Casación declara la admisibilidad del recurso de casación si éste cumple con los requisitos formales exigidos por los artículos 416 y 417 del Código de Procedimiento Penal; en ese sentido, la recurrente debe interponer el recurso de casación dentro del plazo de los cinco días de haber sido notificado con el Auto de Vista objeto de la impugnación, comparando hechos similares y precisando la contradicción de una o más normas adjetivas o sustantivas aplicadas en el Auto de Vista impugnado y el precedente invocado
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