Auto Supremo AS/0012/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0012/2005

Fecha: 03-Feb-2005

CONSIDERANDO: que en sub-lite, en ejecución de sentencia, la querellante Elida Rivero de Poveda ha


CONSIDERANDO: que en sub-lite, en ejecución de sentencia, la querellante Elida Rivero de Poveda ha seguido el trámite correspondiente pidiendo la fijación y pago de la responsabilidad civil, a que está obligado Mirko Nelson Retamozo Murillo por el delito cometido, para ello el Juez a-quo como la Corte de alzada, con la facultad que les confiere el artículo 135 del Código de Procedimiento Penal, valorando la prueba aportada con sana crítica y prudente arbitrio, han llegado a la conclusión de que el demandado como daños civiles deben cancelar la suma de Bs. 4.954.- pagaderos en una sola vez y a tercero día de ejecutoriada la sentencia, aplicando precisamente el artículo 330 del Código de Procedimiento Penal, tomando en cuenta las circunstancias del caso y las condiciones personales y económicas del obligado; no siendo en consecuencia evidente la infracción legal acusada en el recurso interpuesto