CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 55 a 56 declara probada la demanda de fojas
VISTOS: el recurso de casación de fojas 78 y vuelta interpuesto por Mirko Nelson Retamozo Murillo contra el Auto de Vista de fecha 29 de noviembre de 2002, pronunciado por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí dentro del trámite de responsabilidad civil, emergente del proceso penal seguido por Elida Rivero de Poveda contra el recurrente por el delito de lesiones graves sus antecedentes las leyes acusadas de infrigidas el requerimiento del Fiscal Adjunto de fojas 84 y
CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 55 a 56 declara probada la demanda de fojas 25 calificando el daño civil ocasionado por Mirko Nelson Retamozo Murillo en la suma de Bs. 4.954.- pagaderos de una sola vez y dentro del tercero día de ejecutoriado el fallo. Sentencia que en apelación es confirmada por Auto de Vista de fojas 74 a 75. De cuyo fallo recurre de casación Mirko Nelson Retamozo Murillo a fojas 78 y vuelta, acusando la infracción del inciso 6) del artículo 330 del Código de Procedimiento Penal; por lo que piden se case el Auto de Vista y se reduzca el monto de la responsabilidad civil y se cancele en cuotas mensuales de posible cumplimiento
- Murillo. Lesiones graves. Responsabilidad Civil
- MINISTRA RELATORA: Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- CONSIDERANDO: que la sentencia de fojas 55 a 56 declara probada la demanda de fojas
- CONSIDERANDO: que en sub-lite, en ejecución de sentencia, la querellante Elida Rivero de Poveda ha
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de acuerdo con
- RELATORA: Ministra Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval de Capobianco
- roveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara
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