CONSIDERANDO: que en el caso de análisis, los recurrentes Amado Sánchez Quispe y Florentino Poma
CONSIDERANDO: que en el caso de análisis, los recurrentes Amado Sánchez Quispe y Florentino Poma Poma no cumplen con las exigencias de los artículos 416 y 417 de la Ley N° 1970, a excepción del plazo para la presentación del recurso, ya que no invocan ningún precedente contradictorio a tiempo de interponer la apelación restringida, situación que se evidencia de la lectura del recurso de apelación restringida, cuya copia se acompaña a momento de la presentación del recurso de casación, tampoco señalan la contradicción a dilucidar en términos precisos, limitándose a señalar situaciones que ya han sido analizadas por los jueces de grado
- PARTES: Amado Sánchez Quispe y otro c/ Gonzalo Mamani y otro
- Difamación y otros
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación es inadmisible cuando no cumple con los requisitos exigidos
- CONSIDERANDO: que en el caso de análisis, los recurrentes Amado Sánchez Quispe y Florentino Poma
- Por lo expuesto y al no haberse cumplido con los requisitos indicados, da lugar a
- POR TANTO: la Sala Penal Segunda de la Corte Suprema de Justicia, en uso de
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Sucre, tres de marzo de dos mil cinco
- Proveído.- David Baptista Velásquez - Secretario de Cámara.
