Que, en el caso sub lite, tal como consta en el recurso<http://wasp
Que, en el caso sub lite, tal como consta en el recurso de casación de fs. 151-152 de obrados, el recurrente no citó el folio donde se encuentra el auto de vista recurrido, excepto la fecha de su emisión, y tampoco acusó expresamente la ley o leyes que hubiesen sido violadas o aplicadas falsa o erróneamente, mucho menos especificó de qué manera el Tribunal Ad quem incurrió en violación o mala aplicación en cada caso particular, limitándose únicamente a realizar una copia fiel y textual de los términos expresados en el recurso de apelación, sin utilizar elementos descriptivos particulares, precisos y concretos, de las normas legales necesarias para que el Tribunal de casación ingrese al fondo de la cuestión debatida; de donde se concluye que no habiendo proporcionado el recurrente los fundamentos jurídicos de violación o aplicación falsa o errónea de ley o leyes, para determinar si éstas fueron o no cumplidas y resolver -se reitera-, el recurso en el fondo, no se abre la competencia de este tribunal a ese efecto; de manera tal, que no se acomoda a la previsión de los casos prescritos por el art. 253 del Código Adjetivo Civil. Consecuentemente, corresponde resolver el recurso en la forma dispuesta por el art. 272 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, aplicable por mandato de la norma remisiva contenida en el art. 252 del Código Procesal del Trabajo