Que la recurrente debe demostrar que los presupuestos de los hechos contemplados en las resoluciones
Que la recurrente debe demostrar que los presupuestos de los hechos contemplados en las resoluciones que se estiman contradictorias son similares a los analizados y tenidos en cuenta en el fallo recurrido, por lo que le correspondía señalar la contradicción en términos precisos. Por otra parte se observa que en el presente recurso de casación no se adjunta la copia del recurso de apelación, tampoco consigna el petitorio o pretensión jurídica de conformidad a lo previsto en la última parte del artículo 417 y artículo 419 del Código de Procedimiento Penal, respectivamente
- Alcón. Cheque en descubierto
- Que la invocación del precedente contradictorio constituye una carga del recurrente y una condición de
- Que la recurrente debe demostrar que los presupuestos de los hechos contemplados en las resoluciones
- CONSIDERANDO: que el recurso de casación interpuesto por la recurrente no cumple con los requisitos
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia en aplicación del
- Fdo. Dr. Jaime Ampuero García
- Dra. Beatriz A. Sandoval Bascopé
- Sucre 16 de mayo de 2005
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
