Auto Supremo AS/0228/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2005

Fecha: 22-Jun-2005

CONSIDERANDO: que tomando en cuenta la afectación al bien jurídico protegido, el Tribunal de Casación


CONSIDERANDO: que de los datos del proceso se establece que por el operativo efectuado el día sábado 1ero. de Julio de 2.000, aproximadamente a horas 15:30, se interceptó el minibús con placa de control SBL-250 marca "Mercedes Benz" conducido por Mario Zossa I, previa revisión de los pasajeros y equipajes, detectándose que en dos de los pasajeros de sexo femenino, (entre medio de las piernas) transportaban 800 y 1.000 gramos de cocaína en formas de toallas higiénicas, quienes fueron detenidas y puestas a disposición del Ministerio Público. Que el Tribunal de Alzada en el A.V. recurrido confirma en todas sus partes la sentencia apelada, dictada por el Tribunal del Juzgado 3ero. de Partido de Sustancias Controladas del Distrito de Santa Cruz, por la que se las declaró a las recurrentes, autoras del delito de transporte de sustancias controladas (art. 55 de la Ley Nº 1.008) en vista de que las mismas fueron encontradas en forma flagrante en posesión de la cocaína en la carretera troncal "Las Petas"- "San Matías", condenándolas a 8 años de presidio a cumplir en el Centro de Rehabilitación de Santa Cruz, más el pago de 200 días multa a razón de Bs. 4 por día, más el pago de costas causadas al Estado.

CONSIDERANDO: que tomando en cuenta la afectación al bien jurídico protegido, el Tribunal de Casación en armonía con la doctrina contemporánea, ha emitido el Auto Supremo Nº 417 de 19 de agosto del 2003 y otros estableciendo una nueva línea jurisprudencial, en sentido de que el delito de transporte de sustancias controladas previsto por el art. 55 de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas es de carácter formal y no de resultado y que el transporte de un lugar a otro, sin autorización legal, se halla penado por ley, quedando consumado en el momento en que se descubre o incauta la substancia controlada, siendo indiferente si llegó o no a su destino, ni la distancia recorrida. Tal el caso de Autos, en que las recurrentes fueron sorprendidas flagrantemente en posesión de la cocaína referida, cuando se trasladaban en el minibús indicado hacia la localidad de "San Matías"