POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad conferido por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 90-91 que impugnó al Auto de Vista de fojas 83-84 de obrados
- VISTOS: el recurso de casación de fojas 90-91 interpuesto por Eudal Flores Vásquez, impugnando el
- CONSIDERANDO: que, para que el Tribunal de Casación declare la admisibilidad del recurso de casación
- CONSIDERANDO: que, Eudal Flores Vásquez mediante su recurso de casación de fojas 90-91 impugna el
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, con la facultad
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
