Auto Supremo AS/0376/2005
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0376/2005

Fecha: 21-Sep-2005

Regístrese y hágase saber


POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia con la facultad conferida por el artículo 418 del Código de Procedimiento Penal, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto de fojas 431 a 434; asimismo, cumpliendo el artículo 418 segundo párrafo de la Ley Nº 1970 se dispone que por Secretaría se hagan conocer a las Salas Penales de las Cortes de Justicia del país: el Auto de Vista de fojas 424 y el presente Auto Supremo.

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