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2.- Que el tribunal Ad-quem no se pronunció sobre la errónea aplicación de la ley sustantiva, incurriendo en defectos de la sentencia a tenor del Art. 370 inc. 1) de la Ley 1970, en cuanto a los delitos de apropiación indebida y abuso de confianza
- CONSIDERANDO: que, Luís Sullcata Torres en su recurso de casación de fojas 70 a 71
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- CONSIDERANDO: que, cumplidas como se hallan las condiciones estatuidas por los Arts
- POR TANTO: la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, en sujeción de
- Regístrese y hágase saber
- Proveído.- Ruth Burgos Bonilla - Secretaria de Cámara.
