Auto Supremo AS/0028/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0028/2006

Fecha: 10-Ene-2006

CONSIDERANDO: que el recurrente no toma en cuenta que el recurso de casación sólo se


CONSIDERANDO: que el recurrente no toma en cuenta que el recurso de casación sólo se interpone contra Autos de Vista pronunciados como emergencia de recursos de apelación restringida contra sentencias; de modo que, el Auto de Vista recurrido dictado dentro de un recurso de apelación incidental sobre una excepción de prejudicialidad, no admite recurso ulterior, por lo que el fallo recurrido no se encuentra entre los fallos recurribles en casación, a más de que el Tribunal Supremo de Justicia ya se ha pronunciado en varios Autos Supremos respecto a la inadmisibilidad del recurso sentando la línea doctrinal vinculante correspondiente en sentido de no abrir la competencia de este Tribunal a los recursos de casación interpuestos en contra de Autos de Vista que resuelvan incidentes salvo que el mismo de fin al litigio