Auto Supremo AS/0452/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0452/2006

Fecha: 30-Oct-2006

Por otra parte, se establece que el recurso que se examina, no cumple con los


CONSIDERANDO: que analizando la conducta ilícita por la cual fue procesado el recurrente, y la calificación efectuada por los Tribunales de sentencia y apelación, se establece que, al determinarse la culpabilidad del imputado en la comisión del delito de asesinato (artículo 252 inciso 1) y 5) del Código Penal) se han apreciado y valorado las pruebas conforme a las reglas de la sana crítica, aplicando correctamente las normas sustantivas conforme al artículo 135 del Código de Procedimiento Penal, sin que exista violación o inobservancia de ninguna norma adjetiva o sustantiva penal.

Por otra parte, se establece que el recurso que se examina, no cumple con los requisitos procesales exigidos por el artículo 301 del Código de Procedimiento Penal, concordante con el artículo 258-2) del Código de Procedimiento Civil por lo que no se encuentra abierta la competencia de este Tribunal para conocer el caso en el fondo, en razón a que en el recurso no se señala ninguna ley adjetiva o sustantiva como conculcada, confundiendo el recurso de nulidad y el de casación que son completamente diferentes, y cuyas causales están claramente especificadas en los artículos 297 y 298 del Código Procedimiento Penal, por lo que no existe base legal sobre la cual debe pronunciarse el Tribunal, defectos procesales que no pueden subsanarse de oficio, lo que determina la inadmisibilidad del recurso, porque el mismo, de conformidad a la doctrina y jurisprudencia nacional se asemeja a una demanda nueva de puro derecho, debiendo interponérselo cumpliendo con todos los requisitos exigidos por ley. Por lo que no solo que resulta inocuo el planteamiento de los recursos; sino que al margen de no cumplir con el ritual sagrado de la preceptiva citada, incurre en la simple petición de que se case el Auto de Vista o en su caso "se anule", sin fundamentar el porqué de su aplicación; situación que determina que el Supremo Tribunal de aplicación al inciso 1) del artículo 307 del Código de Procedimiento Penal