Sobre el particular, en el marco de las infracciones acusadas, la misma carece de sustento
Sobre el particular, en el marco de las infracciones acusadas, la misma carece de sustento legal, debiendo tenerse presente que el tribunal de apelación ajustó su resolución a los datos del proceso, que si bien es cierto que fue pronunciada con intervención de dos vocales, este fallo cumple lo previsto en el art. 100 de la L.O.J., sin incurrir en ninguna de las causales de nulidad enumeradas en el art. 247 de la L.O.J., que tampoco procede por imperio del art. 251-1) del Cód. Pdto. Civil
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez del Trabajo y Seguridad Social de la
- En grado de apelación, a instancia del actor, por auto de vista No
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en la forma y en el fondo de
- Que, de la revisión del recurso se advierte que, aparte de confuso carece de fundamentación,
- CONSIDERANDO III: Que, no obstante de que el recurso no cumple a cabalidad las exigencias
- Sobre el particular, en el marco de las infracciones acusadas, la misma carece de sustento
- II
- En la especie, si bien el recurso cita algunas disposiciones legales, empero no precisa ni
- Que, en este marco legal, se concluye que el auto de vista se ajusta a
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- No se regula el honorario profesional de abogado, por no haber sido respondido el recurso
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
