Que, contra el auto de vista, el recurrente interpone recurso de casación en el fondo,
Que, contra el auto de vista, el recurrente interpone recurso de casación en el fondo, quien luego de hacer una breve relación de los antecedentes procesales, acusando la infracción del art. 16 incs. g) y e) la L.G.T. y art. 9 incs. g) y e) de su D.R., sin especificar claramente cómo se incurrió en las infracciones acusadas, concluye solicitando se anule obrados por claras y concretas violaciones a disposiciones legales de orden público y de observación obligatoria
- DISTRITO: La Paz PROCESO: Social
- PARTES: Edgar Jorge Olmos Mendizábal c/ La Corporación Minera de Bolivia "COMIBOL"
- MINISTRO RELATOR: Dr. Juan José González Osio
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Cuarto del Trabajo y Seguridad Social
- En grado de apelación, por auto de vista Nº 198/04-SSAIII de 27 de agosto de
- Que, contra el auto de vista, el recurrente interpone recurso de casación en el fondo,
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, de la revisión del recurso, se colige que el recurrente no cumplió los requisitos
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator: Ministro Dr. Juan José González Osio
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Juan José González Osio
- Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
