Auto Supremo AS/0967/2006
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0967/2006

Fecha: 11-Oct-2006

Que, contra el auto de vista, la entidad demandada, interpone recurso de casación en el


Que, contra el auto de vista, la entidad demandada, interpone recurso de casación en el fondo, sin acusar en concreto infracción alguna de las disposiciones aplicadas en el fallo, solicita que la Corte Suprema de Justicia de la Nación declare "probada la excepción perentoria de prescripción" e "improbada la demanda", expresando que, la abrumadora y concluyente prueba cursante en el proceso no ha sido adecuadamente valorada sobre los hechos que han motivado el retiro del actor, quien habiendo incurrido en la causal del art. 16 inc. d) de la L.G.T. y en lo previsto en el D.S. 1592 de 19 de abril de 1949, no es acreedor de los beneficios sociales reconocidos en sentencia y en el auto de vista, que haciendo concesiones "ultra petita", en una clara y manifiesta intención de favorecer al actor, defiende sus derechos cuando este sólo se concretó a demandar el pago de beneficios sociales sin impugnar el Memorando de despido de 25 de enero de 1995 (fs.2), expedido por la Unidad de Recursos Humanos, sin previo proceso administrativo que constituye una infundada pretensión dado que la inasistencia del trabajador se asemeja a un retiro voluntario, por una parte y, por otra, citando sin pertinencia el art. 133 del Cód. Proc. Trab., alega operada en el proceso, la prescripción sobreviviente, por cuanto, afirma que la presentación de la demanda tuvo lugar el 22 de noviembre de 1995, que quedó sin notificar hasta el 18 de noviembre de 1998 (fs.26)