Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y, hace inviable
En efecto, el recurso no cumple la exigencia de técnica ni los requisitos enumerados en el inc. 2) del art. 258 de la norma procesal civil, porque no obstante de citar algunas disposiciones legales, los recurrentes no precisan de qué manera fueron presuntamente violadas, interpretadas erróneamente o aplicadas indebidamente la ley; tampoco acreditan el error de hecho o de derecho en que se hubiera incurrido en la apreciación de las pruebas; simplemente realizan un relato intrascendente, desconociendo las formas de resolución en casación detalladas en el art. 271 del Cód. Pdto. Civ,
Que, en ese marco legal, lo expuesto en el recurso es insuficiente y, hace inviable su consideración, porque impide a este Tribunal Supremo abrir su competencia
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
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- Se regula el honorario profesional de abogado, en Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
