CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
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VISTOS: El recurso de casación de fs. 283-289 interpuesto por Freddy Ernesto Castro Oviedo, apoderado de Rubén Darío Quispe y otros ex trabajadores, contra el auto de vista No. 228/04 de 11 de octubre de 2004 (fs. 281), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz; dentro el proceso social por cobro de salario dominical seguido por el Sindicato de Trabajadores Electropaz, ahora recurrentes, contra la empresa COBEE "Compañía Boliviana de Energía Eléctrica S.A.- Bolivian Power Company Limited, Sucursal en Bolivia", la respuesta de fs. 291-292, los antecedentes del proceso; y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de La Paz, emitió la sentencia No. 1/2003 el 10 de enero de 2003 (fs. 193-215), declarando probada la demanda de fs. 9-10 e improbada la excepción perentoria de pago opuesta por el demandado a fs. 43, disponiendo el pago de dominicales y aguinaldo para un total de 239 ex trabajadores, conforme la nómina inserta en la resolución
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso, el Juez 1ro del Trabajo y Seguridad Social de
- En grado de apelación, a instancia del personero legal de la empresa demandada, por auto
- Dicho fallo motivó que el apoderado de los ex trabajadores interponga recurso de casación o
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- En la especie, el recurso, aparte de ser confuso carece de fundamentación, por cuanto el
- Tan es así que finalmente pide se "case la sentencia" y se reconozcan el pago
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Se regula el honorario profesional, en la suma de Bs
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
