El demandante, por su parte interpone recurso de casación en el fondo y en la
En grado de apelación, por auto de vista Nº 171/04-SSA-I de 18 de junio de 2004 (fs. 69), se confirma en parte la sentencia apelada con modificación en el concepto de vacación, ordenando se pague Bs. 22.991.30.-
Este fallo motivó los recursos de casación de fs. 74-75 interpuestos por el Alcalde Municipal de El Alto y de fs. 77-78 formulado por el demandante.
El Alcalde Municipal de El Alto, formula recurso de casación en el fondo, alegando que los juzgadores de primera y segunda instancia no han aplicado correctamente el art. 159 del Cód. Proc. Trab., al no haber valorado la prueba documental de descargo y de manera especial el Informe EKA/INF/400/01, sin fundamentar la violación, aplicación o interpretación errónea en que se hubiere incurrido, solicitando se case en parte el auto recurrido.
El demandante, por su parte interpone recurso de casación en el fondo y en la forma, señalando que efectivamente le corresponde el pago de las dos últimas gestiones conforme lo establece el D.S. 17288 de 18 de marzo de 1980, afectándole este hecho a sus derechos patrimoniales que están protegidos por el art. 162 de la C.P.E.; solicitando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación case la sentencia y disponga el pago correcto de sus vacaciones
- MINISTRO RELATOR: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, la Jueza del Trabajo y Seguridad Social de
- El demandante, por su parte interpone recurso de casación en el fondo y en la
- CONSIDERANDO II: Que, conforme la amplia jurisprudencia del Tribunal Supremo, el recurso de casación es
- Que, a este efecto y de la revisión de los recursos, se colige que los
- Que, en ese marco legal, lo expuesto en los recursos es insuficiente, haciendo inviable su
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Suprema de Justicia de
- Relator:Ministro Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmado: Dr. Eddy Walter Fernández Gutiérrez
- Dr. Juan José González Osio
- Ma. del Rosario Vilar G
- Secretaria de Cámara de la Sala Social y Adm. II.
